Resolución RENADE - IPD

En el derecho deportivo se considera la libertad a la asociación como aquella facultad que permite la genuina agrupación de personas, cuyo objetivo común es el apoyo al deporte, reconocido en el Derecho Constitucional como el derecho a la asociación y la promoción del deporte como estructuras que sientan bases para la realización de la persona y la convivencia de la sociedad.

Entonces, la FORMALIZACIÓN legal de una institución es el primer paso responsable que se tiene que dar en cumplimiento a la Ley 28036 Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, a los estatutos de la Federación Peruana de Automovilismo Deportivo FEPAD como ente asociado, a sus propios estatutos, con la finalidad de adquirir todos sus derechos y el cumplimiento de los deberes que exigen las normas.

Con Resolución No. 000201-2024- RENADE- DNCTD/IPD del lunes 3 de abril, la organización deportiva MOTOR CLUB APURIMAC logra su inscripción en el Registro Nacional del Deporte para el periodo 2024 – 2026 comprendido desde el 03 de enero de 2024 al 02 de enero del 2026 conformado por:

Edgar Leguía Alcarraz – Presidente

Reynaldo Hcosman Aparco Ascue – VicePresidente

Orlando Curo Huayhua – Secretario

Janett Mariela Ñahuis Gálvez – Tesorero

Ronald Roger Huamán Achahuanco – Fiscal

Samuel Jaher Arce Gutierrez – Vocal

Wilfredo Ramirez Pacheco – Delegado Deportivo

Este es un primer paso importante para el desarrollo de sus actividades oficiales, con este reconocimiento el club vuelve a la legalidad bajo el liderazgo del Dr. Leguía que esta semana inicia su temporada deportiva.

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